¿Cómo se hace un legado? A nivel general una herencia se compone de todos los bienes del fallecido, es decir, de las propiedades y derechos, pero también de las obligaciones. Los legados, por su parte, son porciones de los bienes de una herencia que pueden ser dejadas a personas u organismos.
Para que pueda tener carácter jurídico, los legados deben estipularse en un testamento, de lo contrario no serán válidos dentro del marco legal. Por lo tanto, para quienes deseen sea respetada su voluntad con respecto a un bien o propiedad legada es indispensable que dejen asentado por escrito su decisión.
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¿Cómo se hace un legado?
Una de las mejores formas para organizar la designación de beneficiarios y bienes tras un fallecimiento es estipulando un legado. A falta de testamento, tras el fallecimiento de una persona, sus bienes se transmiten en plena propiedad a sus herederos según lo designado por la ley y de acuerdo con las disposiciones del Código Civil.
Con un legado se logra organizar y ordenar el patrimonio, según lo deseado y cumpliendo las exigencias de ley. Pero, ¿Cómo se hace un legado? Hay que cumplir con una serie de trámites y exigencias de ley. Continúa leyendo y descubre cuáles son.
Qué es un legado y cómo se recibe
Paso 1. Considera las normas legales
Para hacer un legado es necesario, en primer lugar, considerar lo establecido por la ley. En España la ley, aunque le concede la libertad de legar, le obliga a reservar una parte mínima de su patrimonio (la reserva hereditaria) a los herederos llamados «reservatorios» (sus descendientes o, en su defecto, su cónyuge superviviente). La parte de la que se puede disponer libremente se llama «parte disponible».
Ahora bien, para disponer de la porción disponible es necesario considerar diferentes escenarios como: la presencia de niños y cónyuges. En este caso, es importante saber que tanto los hijos como el cónyuge tienen derecho a una parte de la reserva de la herencia, de modo que se reserva:
La mitad de la herencia en presencia de un hijo.
Un tercio de la herencia en presencia de dos hijos.
Una cuarta parte de la herencia si hay tres o más hijos.
Tres cuartas partes de la herencia si no hay hijos y hay un cónyuge.
Si no está casado y no tiene hijos, es libre de disponer de sus bienes como quiera.
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Paso 2. Elija su tipo de legado
Ya sabemos que un legado es una disposición testamentaria. Pero, para saber cómo se hace un legado es necesario determinar primero, qué tipo de testamento se va a redactar. Se puede elegir entre tres tipos de testamento; si no se sabe cuál adoptar, un notario de derecho civil puede asesorar sobre este punto. Los tipos de testamentos son:
Testamento ológrafo: Está escrito de su puño y letra, fechado y firmado íntegramente por usted.
El testamento auténtico: Es redactado por su notario, bajo su dictado, y en presencia de 2 testigos (o recibido por 2 notarios). Es un acta notarial, que tiene fuerza probatoria y fecha cierta.
El testamento sellado: Más raro en la práctica, lo escribe usted y lo presenta en un sobre sellado a su notario, en presencia de 2 testigos. A continuación, su notario levanta acta de la entrega del testamento.
Paso 3. Elige el legado que más te convenga
Otro de los pasos que permiten saber cómo se hace un legado es eligiendo qué tipo de legado se va a realizar. Principalmente, existen tres tipos de legado, los cuales son:
Legado universal: le permite legar todo su patrimonio a una persona designada.
Legado universal: le permite legar una parte de su patrimonio (la mitad, un tercio, un cuarto) o determinados bienes designados (sólo bienes muebles, por ejemplo) a un beneficiario designado.
Legado específico: le permite legar a un beneficiario designado un bien específico (una obra de arte, una joya, un coche, etc.). Conviene saber que a diferencia del legatario universal y del legatario por título particular, el legatario por título particular no está obligado a pagar el pasivo de la herencia.
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Paso 4. Ordenar el contenido de su legado
Una vez que haya elegido el tipo de legado que más le convenga (universal, a título universal o particular), debe organizar el contenido. Para lograrlo, toma en cuenta las siguientes recomendaciones:
Hacer un legado con cargos y condiciones.
La ley permite hacer un legado con cargas y condiciones: si éstas no son respetadas por el beneficiario o beneficiarios, no se les puede atribuir. En la práctica, puede indicar que el legatario debe entregar una cantidad de dinero a otra persona.
También puede prever la donación de un bien, privando al beneficiario de la posibilidad de venderlo durante un determinado periodo de tiempo: es lo que se conoce como «legado con cláusula de inalienabilidad».
Hacer un legado y nombrar a su albacea
La ley también permite, al redactar un legado, nombrar un albacea. Se trata de una persona de confianza que se encarga, tras la muerte de una persona, de cumplir sus últimas voluntades. Puede, en particular: ser encargado para la entrega de los legados a los beneficiarios lo que permitiría garantizar el cumplimiento de las condiciones y obligaciones que se desee imponer.
Hacer un legado y designar al beneficiario de su seguro de vida
Esta designación tiene muchas ventajas: puede cambiar el beneficiario de un legado hasta la muerte de la persona. Es bueno saber que el notario encargado de la herencia consultará este archivo e informará al beneficiario.
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Consulta cómo se hace un legado con especialistas
Una vez determinado lo que se puede transmitir, es momento de hacer un legado bien sea a una persona, a una asociación o fundación reconocida de interés público. Se trata de un proceso sencillo, siempre que se realice bajo la asesoría de expertos.
En España, es responsabilidad del abogado preparar el documento que contiene el inventario y la división de los bienes de una herencia antes de enviarlo al notario para su firma. Si buscas un lugar que te permita agilizar estos procesos, en Testamenta encuentras especialistas en cómo se hace un legado.
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