De acuerdo al Código Civil Español, los testamentos se dividen en abiertos, cerrados y ológrafos. En el testamento abierto, el testador redacta su última voluntad en presencia de algunas personas específicas. Estas personas tienen la capacidad de autorizar ese testamento, además serán conocedores del contenido.
En testamenta.es te contaremos sobre quién puede ver un testamento abierto y cuál es la función que cumplen en el proceso posterior con el documento sucesorio. Testamenta, además te ofrece servicios únicos como: buscar testamentos, Poder Notarial y el Testamento notarial online. ¡Continúa leyendo!
Quién puede ver un testamento abierto
Esta modalidad de testamento, también atienden a otra clasificación. Uno son los ordinarios, es decir, que se realizan u otorgan ante un notario habilitado. El segundo testamento de este tipo, son los extraordinarios, que se redactan en momentos de apremio como riesgos de muerte y en contextos pandémicos.
Pero lo que es fundamental saber ahora es ¿quién puede ver un testamento abierto? La mayoría de las personas suelen elegir el testamento notarial abierto. El artículo 679 del Código Civil establece que:
“Es abierto el testamento siempre que el testador manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto, quedando enteradas de lo que en él se dispone.”
El testamento abierto se otorga en escritura pública. Es el que más ventajas garantiza al testador. Esta recibe asesoría jurídica directa del Notario, por lo que se evita así el riesgo del algún defecto de formalidad o incumplimiento de lo establecido en las leyes.
Asimismo, el testamento original queda en manos del Notario, de manera directa, quien posteriormente lo inscribe, como le corresponde, en el Registro General de Últimas Voluntades. Esta modalidad es de las más demandadas, ya que existe un nivel importante de confidencialidad e integridad del testamento.
¿Cuál es la diferencia entre testamento abierto y cerrado?
Cuándo se expiden las certificaciones de los actos de última voluntad
Solo tres personas pueden solicitar las certificaciones de los actos de última voluntad, a través del juez, quién es el único funcionario con autoridad para expedir este documento. Estas tres personas son: el testador, una persona con un poder especial o poder notarial otorgado ante el notario.
La tercera persona es cualquiera, con un documento que acredite el fallecimiento del testador. Solo que está autorizada luego de los 15 días de haber sucedido el fallecimiento.
Testigos
Cuando la pregunta es, quién puede ver un testamento abierto, se suele vincular la respuesta con los testigos. La figura del testigo, solo es obligatoria en casos especiales que imposibiliten al testador a realizar el proceso de crear el testamento y entregarlo.
En los testamentos abiertos, está presente un Notario, pero en caso de que el testador se le dificulte firmar por algún problema físico, se le autorizará a un testigo que firmará por él. Asimismo, en los casos en que el testador se ciego, requerirá una tercera persona para que se lo lea y lo firme en caso de que se requiera.
¿Qué pasa cuando el testador está en riesgo de morir?
¿Quién puede ver un testamento abierto? Evidentemente, el testador, notarios y testigos. En caso de que el testador esté en riesgo inminente de muerte, el testamento se otorga en la presencia de al menos cinco testigos, sin necesidad de estar delante de un notario.
La diferencia entre testamento abierto y cerrado
Solicitud de una copia autorizada del testamento ¿quién puede hacerlo?
Para obtener una copia autorizada del testamento, los herederos pueden asistir hasta la notaria donde se encuentre archivado el testamento y solicitar el documento. En estos casos, las copias simples del testamento no dan fe de que el contenido del mismo sea integral.
Para obtener una copia autorizada del testamento, los herederos o familiares deben reunir y presentar los siguientes requisitos:
Certificado de defunción que se obtiene por solicitud a través del Registro Civil.
Certificación del registro general de Actos de Última Voluntad. Esta certificación depende de la Subdirección General del Notariado y de los Registros. También se le conoce con el nombre de, certificado de últimas voluntades.
La solicitud de la copia autorizada del testamento se puede realizar a partir del día 15, luego de la muerte del testador. Es importante destacar, que en este plazo se cuentan solo los días hábiles. Generalmente, el plazo para obtener la copia autorizada es breve y depende la instancia a la que se acudió.
Cómo distinguir entre testamento abierto y cerrado
En qué consiste el otorgamiento del testamento abierto
El artículo 699 del Código Civil, establece que el testamento tiene que realizarse o desarrollarse en un solo acto. Por lo tanto, se lee, se confirma, se declara correcto lo que se está leyendo y se firma. En el mismo, no puede haber alguna interrupción, ya que, de existir, el testamento queda anulado.
El otorgamiento del testamento abierto es un acto en el cual el Notario está presente. El papel del Notario es proceder con la lectura del testamento, en voz alta para que la persona que lo otorgó, escuche. En caso de que no lo entregue el testador, si no testigos, estos deben ratificar el contenido que lee el Notario.
La ratificación del contenido, está vinculada a la voluntad del testador. El procedimiento establece que una vez el testamento es entregado, el Notario debe proceder a leerlo, de lo contrario estaría incurriendo en una falta. Asimismo, el testador también puede leerlo por sí mismo.
Luego de la lectura, el testador debe expresar su conformidad de manera clara, haciendo alusión a que lo que contiene el testamento corresponde a su última voluntad. En caso de que el testador no pueda firmar, esta rúbrica, avalando el contenido les corresponderá a dos testigos.
¿Qué es el testamento notarial abierto?
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